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1.- Requisitos para la obtención de visas:
• Todas las solicitudes requieren de: 2 fotografías 3x4 cm. y llenar la planilla de solicitud. Visa de Turista - Carta de trabajo - Carta de referencia bancaria - Pasaje de ida y vuelta - Pasaporte con un año mínimo de vigencia - Cualquier otra documentación complementaria que se considere necesario - Depósito bancario de US$. 30.00 una vez aprobada la expedición de la visa.
Visa de Transeúnte de Negocios.
- Carta de la empresa explicando los motivo del viaje - Pasaje de ida y vuelta - Pasaporte con un año mínimo de vigencia. - Cualquier otra documentación complementaria que se considere necesario - US$ 60.00 que deben ser depositados en el banco, después de aprobada la visa.
Visa de Tránsito.
- Pasaje aéreo de entrada y salida del país el cual demuestre el tránsito por el mismo. - US$ 30.00 que deben ser depositados en el banco, después de aprobada la visa.
Visa de Transeúnte Laboral.
- Autorización escrita de la Oficina de Identificación y Extranjería - Exámenes médicos - Aprobación del Ministerio del Trabajo - Pasaporte con un año mínimo de vigencia - Cualquier otra documentación complementaria que se considere necesario - US$ 60.00 que deben ser depositados en el banco, después de aprobada la visa.
Las visas tienen un período de procesamiento de 24 horas. Los solicitantes que se encuentren en ciudades apartadas de Tegucigalpa, podrán enviar los documentos vía fax al 232-1016.- Una vez se revisen los documentos, se concederá una cita para que puedan venir y tramitar la visa el mismo día.
Los requisitos de los otros tipos de visa deben ser consultados a la Sección Consular de la Embajada.
Tarjeta de Turismo DEX-2
De acuerdo a la Legislación Nacional los titulares de pasaportes de algunos países, pueden ingresar a Venezuela sin visado, mediante la figura de llamada Tarjeta de Turismo DEX-2.
El
listado de los países cuyos ciudadanos no requieren visas para ingresar a Venezuela como turistas es el siguiente:
Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Antillas Neerlandesas, Argentina, Australia, Austria, Barbados, Bélgica,
Belice, Brasil, Bulgaria, Canadá, Costa Rica, Chile, Croacia, Dinamarca, Dominica, Eslovenia, España, Estados
Unidos, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Grecia, Grenada, Guatemala, Hong Kong, Hungría, Irlanda, Islandia,
Italia, Jamaica, Japón, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malasia, México, Mónaco, Noruega, Nueva Zelandia,
Países Bajos, Panamá, Paraguay, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Rumania,
Santa Lucia, Saint Kitts and Nevis, San Marino, San Vicente y las Granadinas, Sudáfrica, Suecia, Suiza,
Trinidad y Tobago, Uruguay,
Corea
del Sur,
Chipre,
Estonia,
Letonia,
Malta y Turquía.
2.- Legalización de Documentos.
Se legaliza la firma del Secretario General de la Secretaria de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores o del funcionario Encargado de Autenticas de ese Despacho. Se puede legalizar también la firma del Encargado de Legalizaciones en la Dirección General de Relaciones Consulares de la República Bolivariana de Venezuela. Las legalizaciones pueden tener un costo de US$ 30, 50 ó 70, según el caso, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica del Servicio Consular.
Las legalizaciones de documentos de estudio de ciudadanos venezolanos y algunos relacionados con el régimen de menores y seguro social, son gratuitos de acuerdo a esa misma Ley.
Documentos de Origen, Sanidad Animal o Vegetal, Antigüedad o Envejecimiento, la legalización de estos documentos tiene un costo de US$ 70.00
La legalización de las Partidas de Nacimiento de ciudadanos extranjeros, tiene un arancel consular de US$ 30.00
3.- Registro de Poderes, Autentificación de firmas y otros Actos
Para el registro el interesado debe presentar el documento ante la Sección Consular de la Embajada. Una vez saprobado su registro se debe hacer el depósito del arancel consular en la Cuenta Bancaria Indicada. Se establece la fecha para la firma del mismo por parte de los interesados y el Encargado de la Sección Consular.
Los costos de estas actuaciones de acuerdo con la Ley Orgánica del Servicio Consular son los siguientes:
• Por el registro y la expedición de copias certificadas de protestas presentadas por capitanes de naves: US$ 1,000.00.
• Por presenciar el otorgamiento o revocación de un poder general, insertarlo en el libro de registro y expedir la certificación correspondiente: US$ 300.00.
• Por presenciar el otorgamiento o revocación de un poder especial, insertarlo en el libro de registro y expedir la certificación correspondiente: US$ 100.00.
• Por la expedición de copia certificada adicional del otorgamiento o revocación de un poder: US$ 80.00.
• Por el registro en el libro correspondiente de un testamento y extender la certificación pertinente: US$ 150.00.
• Por presenciar la celebración de contratos, insertarlos en el libro de registro y expedir la certificación correspondiente, cuando el valor de estos sea hasta seis mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América: US$ 270.00.
• Cuando el valor de los contratos esté comprendido entre US$6,501.00 y US$ 12.500,00: US$ 510.00.
• Cuando el valor exceda de doce mil quinientos un dólares: US$.750.00.
• La autentificación de firma tiene un arancel de US$ 50.00
4.- Expedición y Renovación de Pasaportes.
• Expedición: Se debe presentar partida de nacimiento original y de matrimonio de los padres o cualquier otro documento que pueda demostrar la filiación y cuatro (4) fotografías.
• Renovación: Se debe presentar la Cédula de Identidad, el pasaporte vencido o deteriorado y cuatro (4) fotografías.
El arancel consular en ambos casos es de US$ 80.00. Los menores de 18 años están exentos de este pago.
En casos especiales, por ejemplo, el de indigencia y previa comprobación fehaciente de la nacionalidad, se pueden expedir Cartas de Ruta para regresar a Venezuela, las cuales son gratuitas.
5.- Fe de vida
El interesado debe presentar la Cédula de Identidad.- La actuación consular es gratis.
6.- Presentación de niños para la elaboración de partida de nacimiento venezolana.
Se deben presentar los siguientes documentos:
• La Certificación de Acta de Nacimiento, expedida por el Registro Nacional de las Personas de Honduras.
• La cédula de identidad o pasaporte del padre o madre venezolanos o extranjeros. • Si el padre o la madre fueren venezolanos por naturalización, debe presentar la resolución de naturalización publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela o la constancia de naturalización expedida por el Ministerio del Interior y Justicia, Dirección Nacional de Identificación, en original.
• El Acta de Matrimonio de los padres, en caso de estar casados.
• Se pueden presentar todos los menores de edad.
• Después de alcanzar la mayoría de edad, 18 años, los padres no pueden presentar los hijos en la Sección Consular y los interesados deben recurrir a los tribunales correspondientes en Venezuela para solicitar la nacionalidad venezolana.
7.- Inscripción Militar.
Al cumplir los 18 años los venezolanos pueden realizar la Inscripción Militar en la Embajada. Para ello deben:
1.- Llenar la planilla de inscripción del Registro Militar. 2.-Presentar el original y copia de la cédula de identidad o de la partida de nacimiento.
8.- Partidas de Matrimonios de Venezolanos
El Artículo 103 del Código Civil establece que el venezolano o venezolana que contrae matrimonio en un país extranjero deberá remitir, dentro de los seis meses de haberse casado, a la Parroquia o Municipio de su último domicilio en Venezuela la copia legalizada del Acta de Matrimonio, a los fines de la inserción en los libros correspondientes.
Los funcionarios consulares remitirán al Ministerio de Relaciones Exteriores, Dirección General de Relaciones Consulares copia de dichas certificaciones con un extracto en castellano de los mismos.
La Partida de Matrimonio puede ser legalizada por la Sección Consular de la Embajada y registrada posteriormente en la Prefectura correspondiente en Venezuela.
9.- Certificado de residencia para personas que deben realizar trámites ante la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), con el fin de obtener divisas. (Jubilados, Estudiantes y Residentes en Honduras).
10.- Registro de Venezolanos.
- Presentar el pasaporte o la cédula de identidad. - Llenar planilla de registro en la Sección Consular. - Una fotografía
11.- Inscripción en el Registro Electoral.
El Registro Electoral es permanente, por lo tanto, el interesado puede solicitar su inscripción o cambio de centro de votación en cualquier momento. Para poder ejercer su derecho a votar.
Debe presentar la Cédula de Identidad laminada no importa que este vencida.
12.- Requisitos para contraer matrimonio en Venezuela
Los ciudadanos extranjeros que desean contraer matrimonio en Venezuela deben presentar a las autoridades venezolanas competentes los siguientes documentos de acuerdo con el Artículo 108 del Código Civil venezolano:
1.-Original del Certificado de Nacimiento expedido por las autoridades correspondientes de su país, legalizado por la Sección Consular de la Embajada.
2.-Los contrayentes deben presentar una Declaración tramitada ante las autoridades correspondientes, en presencia de tres (3) testigos, por medio de la cual se hace constar su estado civil de soltero, viudo o divorciado. Esta declaración debe ser legalizada ante la Sección Consular de la Embajada.
3.-En caso de ser divorciado, es necesario legalizar el original de la sentencia de divorcio en la Sección Consular de la Embajada. En caso de ser viudo el Acta de Defunción del cónyuge.
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